Extranjeros
Servicios Consulta Contacto ES · EN · UK

Instrucciones SEM 2/2026: cómo pasar de la protección temporal (Ucrania) a una autorización de residencia ordinaria

Instrucciones SEM 2/2026: cómo pasar de la protección temporal (Ucrania) a una autorización de residencia ordinaria
Bandera de Ucrania ante el Ayuntamiento de Málaga. Foto: Daniel Capilla / Wikimedia Commons, CC BY-SA 4.0 (recortada).

Contrastado con la fuente oficial: · Autor: · Cómo verificamos

En breve: las Instrucciones SEM 2/2026 (Secretaría de Estado de Migraciones) regulan, por primera vez de forma homogénea, cómo una persona beneficiaria de protección temporal por Ucrania puede pasar a una autorización de residencia ordinaria sin esperar al fin de la protección temporal. Se apoyan en el Real Decreto 316/2026 (14 abril), que añadió la Disposición Adicional 19ª al Reglamento de Extranjería. No es automático: hay que solicitar la autorización concreta y cumplir sus requisitos.

¿Presencial o por representante? Mixto: la mayoría de estas autorizaciones se solicitan online o por gestor; algunos pasos (toma de huellas / TIE) son presenciales con cita previa.

A qué autorizaciones puedes pasar (las 7 instrucciones)

  1. Residencia y trabajo (modificación, art. 191 del Reglamento) — si cumples sus requisitos. No se aplica la limitación de su apartado 7. Guía: modificación con EX-26.
  2. Arraigo (art. 125) — puedes pedirlo aun siendo titular de protección temporal (no aplica el art. 126.h). El tiempo en protección temporal computa para el requisito de 2 años de permanencia (art. 126.b). Guía: arraigo con protección temporal: EX-10.
  3. Menores de edad (arts. 159 y 160). El art. 159 (nacidos en España) se puede pedir en cualquier momento: el plazo de 6 meses para solicitarlo solo empieza a contar cuando un progenitor obtiene una autorización distinta de la protección temporal. El art. 160 (hijos no nacidos en España o bajo tutela) queda exento del requisito de 2 años de permanencia previa y de los requisitos de medios económicos y alojamiento. En ambos casos pueden solicitarlo aunque ningún progenitor haya cambiado aún de autorización. Guía: residencia del hijo menor: EX-25.
  4. Estudiantes — pueden modificar a residencia y trabajo (art. 191) o, si no cumplen, pedir arraigo socioformativo (art. 125.1.d). Guías: modificación con EX-26 y arraigo con protección temporal.
  5. Otras autorizaciones del Reglamento y de la Ley 14/2013 (emprendedores), incluida la residencia de familiares de español (capítulo VII). Las de la Ley 14/2013 se piden en línea ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE). Si no resuelve en 20 días hábiles, la autorización se entiende concedida (art. 76.1). Si eres emprendedor, la UGE-CE pide además un informe favorable de ENISA sobre tu proyecto (art. 70). Guía: familiar de español con protección temporal: EX-24.
  6. Residencia de larga duración — el tiempo en protección temporal computa íntegramente para el plazo de 5 años de residencia legal continuada; los períodos se acumulan. Guía: larga duración desde la protección temporal: EX-11.
  7. Procedimiento de transición — una vez obtenida la nueva autorización, debes renunciar expresamente a la protección temporal (art. 24.1.d del RD 1325/2003). La renuncia se acredita al solicitar la TIE. Guía: renuncia a la protección temporal: cuándo y cómo.

Contexto: la protección temporal por Ucrania sigue vigente hasta el 4 de marzo de 2028, porque la Decisión (UE) 2026/1912 la prorrogó. Las tarjetas TIE son otra cuestión: la Orden INT/96/2026 prorrogó su validez hasta el 4 de marzo de 2027, y todavía no consta una orden española que las extienda hasta 2028. A finales de marzo de 2026 había 262.830 personas con residencia en España bajo protección temporal.

Relacionado: si el trámite que elijas pide el certificado de antecedentes penales de Ucrania, mira cómo conseguirlo desde España.

Fuente oficial: Instrucciones SEM 2/2026 (PDF) · listado: Instrucciones — Migraciones.

Información orientativa; cada autorización tiene sus requisitos. Consulta la fuente oficial y a un profesional para tu caso.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que renunciar a la protección temporal?

Sí, pero solo DESPUÉS de obtener la nueva autorización. La Instrucción Séptima exige formalizar la renuncia expresa al estatuto de protección temporal (art. 24.1.d del RD 1325/2003). Esa renuncia debe acreditarse al solicitar la TIE de la nueva autorización, mediante el resguardo de la solicitud de renuncia.

¿Es automático el cambio?

No. No es automático: hay que SOLICITAR la autorización concreta (residencia y trabajo, arraigo, etc.) y cumplir sus requisitos. Mientras tanto sigues con protección temporal: la Decisión (UE) 2026/1912 la prorroga hasta el 4 de marzo de 2028. La Orden INT/96/2026 prorrogó otra cosa, la validez de las tarjetas TIE, hasta el 4 de marzo de 2027; todavía no consta una orden española que extienda las TIE hasta 2028.

¿Puedo pasar de la protección temporal (Ucrania) a una autorización de residencia ordinaria?

Sí. Las Instrucciones SEM 2/2026 (basadas en el RD 316/2026, que añadió la disposición adicional 19ª al Reglamento de Extranjería) permiten a quien tiene protección temporal pedir desde España la modificación a residencia y trabajo (art. 191), el arraigo (art. 125), otras autorizaciones, la residencia de familiar de español y las autorizaciones de emprendedores de la Ley 14/2013. El tiempo en protección temporal computa para el arraigo (2 años) y para la residencia de larga duración (5 años). No es automático: hay que presentar la solicitud y cumplir los requisitos de la autorización concreta. Cuando obtienes la nueva autorización, tienes que renunciar a la protección temporal.

¿Cuenta el tiempo que he pasado con protección temporal?

Sí. Para el arraigo (art. 125), el tiempo en protección temporal computa para el requisito de 2 años de permanencia (art. 126.b). Para la residencia de larga duración, computa íntegramente para los 5 años de residencia legal continuada, y los períodos se acumulan.

Fuente oficial: inclusion.gob.es

En vídeo: esta guía explicada

Instrucciones SEM 2/2026: cómo pasar de la protección temporal (Ucrania) a una autorización de residencia ordinaria

Pide una guía o haz una pregunta

Dinos qué guía necesitas o tu pregunta — la recibimos y te respondemos por Telegram.

Sin spam. No es asesoramiento jurídico individual.

Información orientativa, no asesoramiento jurídico personalizado. Consulta la fuente oficial y un profesional para tu caso concreto.

¿Tienes una pregunta sobre tu caso?

Describe tu situación y tus preguntas — las estudiamos y te respondemos por escrito. El primer vistazo es gratis.

Dejar mis preguntas →

Si lo prefieres, también directamente a @spain_asesor en Telegram (mejor por el formulario).

📣 Novedades y cambios de normativa — en el canal: Unirme al canal de Telegram

Recibe la guía gratis

Guía «Nacionalidad española en 2 años» (PDF), al instante

Sin spam · privacidad

o en Telegram
Recibir en Telegram

¿No encontraste lo que buscas? Escríbenos en Telegram →