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Orden ISM/164/2026 — Registro Electrónico de Colaboradores de Extranjería

Contrastado con la fuente oficial: 21.05.2026

En breve: desde marzo de 2026 puedes tramitar tu residencia o trabajo a través de un sindicato u ONG registrados como «Colaboradores de Extranjería», por vía electrónica y a menudo gratis — sin tener que acudir a un gestor privado.

El Orden ISM/164/2026, de 2 de marzo crea el Registro Electrónico de Colaboradores de Extranjería: un registro que autoriza a determinadas organizaciones a presentar trámites de extranjería por vía electrónica en nombre de personas extranjeras.

A quién afecta: de forma directa, a las organizaciones (sindicatos más representativos y ONG con 3+ años de constitución y 2+ de experiencia con personas migrantes). De forma indirecta —y positiva— a las personas extranjeras, que no tienen ninguna obligación nueva: simplemente pueden usar una organización registrada para presentar sus solicitudes.

Qué puedes hacer: acudir a una entidad colaboradora registrada para presentar electrónicamente autorizaciones de residencia o trabajo, como alternativa a hacerlo en persona o pagar un gestor.

En vigor desde: 6 de marzo de 2026.

Fuente oficial: BOE-A-2026-5128.

Información orientativa; consultá la fuente oficial y un profesional para tu caso concreto.

Fuente oficial: boe.es

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