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Interrupción voluntaria del embarazo (IVE): acceso en el SNS para toda persona en España (Ley Orgánica 2/2010, reformada por la 1/2023)

Interrupción voluntaria del embarazo (IVE): acceso en el SNS para toda persona en España (Ley Orgánica 2/2010, reformada por la 1/2023)
Leones del Congreso de los Diputados, Madrid. Foto: Selbymay / Wikimedia Commons, CC BY-SA 3.0 (recortada).

Contrastado con la fuente oficial: · Autor: · Cómo verificamos

En breve: la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) es gratuita en el SNS hasta las 14 semanas a petición de la mujer, y se garantiza a toda persona en España con independencia de la nacionalidad y de tener o no residencia legal.

La Ley Orgánica 2/2010, reformada por la Ley Orgánica 1/2023, regula la salud sexual y reproductiva y la IVE.

Plazos y condiciones: hasta las 14 semanas a petición, sin plazo de reflexión obligatorio ni sobre de información previa (eliminados por la reforma de 2023). Más allá de las 14 semanas, solo en supuestos concretos (grave riesgo para la salud o la vida de la mujer, anomalías fetales).

Menores: a partir de los 16 años se puede decidir sin consentimiento de los representantes legales; por debajo de 16, se requiere el consentimiento del representante legal, escuchando también a la menor.

Quién tiene derecho: todas las personas que se encuentren en España, con independencia de la nacionalidad, de la residencia legal y de la edad. Las administraciones sanitarias deben garantizar la prestación con criterios de gratuidad, accesibilidad y proximidad.

Cómo se accede: a través del sistema sanitario público (centro de salud / servicio de salud autonómico); el circuito concreto y los centros dependen de cada comunidad autónoma.

Fuente oficial: BOE-A-2023-5364 (Ley Orgánica 1/2023).

Información orientativa; consulta la fuente oficial y tu servicio de salud para tu caso concreto.

Preguntas frecuentes

Soy extranjera sin residencia legal, ¿puedo abortar en la sanidad pública?

Sí. La ley se aplica a toda persona que se encuentre en España, con independencia de la nacionalidad y de tener o no residencia legal. La IVE se garantiza en el SNS con criterios de gratuidad, accesibilidad y proximidad.

¿Hasta cuándo y con qué condiciones?

Hasta las 14 semanas a petición de la mujer, sin plazo de reflexión obligatorio. A partir de los 16 años se puede decidir sin consentimiento de los representantes legales. Más allá de las 14 semanas solo en supuestos concretos (grave riesgo para la salud/vida o anomalías fetales).

Fuente oficial: boe.es

En vídeo: esta guía explicada

Interrupción voluntaria del embarazo (IVE): acceso en el SNS para toda persona en España (Ley Orgánica 2/2010, reformada por la 1/2023)

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