EXTRANJEROS

Estancia por estudios en España (RD 1155/2024): requisitos y trabajo del estudiante

En breve: la estancia por estudios permite cursar estudios superiores o formación postobligatoria en España; exige admisión en un centro oficial, medios económicos y seguro médico, y deja trabajar hasta 30 h/semana en estudios superiores (RD 1155/2024).

¿Presencial o por representante? La fuente no especifica la modalidad: según el caso puede pedirse desde el extranjero (visado en el consulado) o desde España; por defecto prepará la comparecencia personal y verificá en inclusion.gob.es.

Requisitos:

  • No ser ciudadano de la UE ni estar en situación irregular.
  • Estar admitido en un centro de estudios oficial en España.
  • Medios económicos suficientes y seguro médico privado válido en España.
  • Si la estancia supera los 6 meses: carecer de antecedentes penales y aportar certificado médico.

Trabajo: quien tiene estancia por estudios puede trabajar hasta 30 horas semanales (por cuenta ajena o propia) si cursa estudios superiores. Los familiares que acompañen al estudiante no pueden trabajar.

Duración: puede ser plurianual (igual a la duración del programa oficial); las prórrogas se han simplificado.

Fuente oficial: Reglamento de Extranjería (RD 1155/2024); hoja de estancia por estudios en inclusion.gob.es.

Información orientativa; los requisitos y documentos exactos varían — consultá la fuente oficial y un profesional para tu caso.

Fuente oficial: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2024-24099

Información orientativa, no asesoramiento jurídico personalizado. Consultá la fuente oficial y un profesional para tu caso concreto.

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